miércoles, 4 de julio de 2012




Bases de la Convocatoria del XIII Premio de Novela Corta
“Diputación de Córdoba”


Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba


ADMINISTRACIÓN LOCAL

Diputación de Córdoba


Núm. 3.962/2012

Con fecha 4 de junio de 2012, este Delegado de Cultura, en virtud
de las facultades que tengo conferidas por la Sra. Presidenta,
mediante su Decreto de delegación de competencias, del día 27
de junio de 2011, ha aprobado las siguientes
Bases de la Convocatoria del XIII Premio de Novela Corta
“Diputación de Córdoba”

Primera.- Podrán presentarse a este concurso narradores de
cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén
escritos en castellano.

Segunda.- Se establece un premio de NUEVE MIL EUROS
(9.000,00 euros), cantidad que se imputará a la aplicación
550.3341.48100 del presupuesto para el ejercicio 2012. Dicha dotación
estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle.

El premio tendrá la consideración de anticipo de la remuneración
proporcional del autor, de acuerdo con el artículo
46.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual,
aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el
que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos de explotación
a los que se refiere la Base Undécima.

Tercera.- El premio se otorgará a una novela inédita de tema libre.
El trabajo se escribirá por uno o varios autores y deberá tener
una extensión mínima de 100 páginas y máxima de 150 páginas.

Cuarta.- Los originales se presentarán, inexcusablemente, por
quintuplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A-4, con tipo
de letra Times New Roman, cuerpo 12 e interlineado 1,5 y debidamente
encuadernados.

Quinta.- Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación
alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos,
dirección y teléfono del autor y en el exterior del sobre se indicará
título del trabajo y lema, incluyéndose una declaración jurada
de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar
pendiente de resolución en otro concurso.

Sexta.- El lugar de presentación será el Registro General de la
Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15) de lunes a viernes
en horario de 9.00 a 13.30 horas y los sábados de 10.00 a 13.30
horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas
previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente
de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia de Córdoba y concluirá el 10 de septiembre de
2012.Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores
será excluidos definitivamente de la Convocatoria.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará durante el plazo
de 10 días, en el Tablón de Edictos de la Diputación, relación de
trabajos presentados por título y lema.

Séptima.- El Jurado estará presidido por el Sr. Diputado-Delegado
de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición
no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá
carácter irrevocable. Actuará como Secretario del Jurado, con voz
y sin voto el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura.
Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del
número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión
integrada por personas especializadas con el objeto de llevar
a cabo una preselección de los trabajos presentados. Esta
Comisión será designada por el Sr. Diputado Delegado de Cultura.
El Jurado y la correspondiente Comisión se encargarán de dirimir
cualquier controversia sobre la plena adecuación de las obras
al género, temática y periodo a los que se refiere la Base Tercera.

Octava.- Se leerán todos los trabajos presentados que reúnan
los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose
el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos,
por lo que podrá declararse desierto el premio.

Novena.- A la vista del fallo del Jurado, el instructor del expediente
formulará propuesta, indicando expresamente todas las
obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan
admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria,
y expresará el autor para el que se propone la concesión del
Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para
que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un
plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne
los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

Décima.- La participación en el concurso implica la aceptación
y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas,
se estará a lo que dictamine el Jurado.

Undécima.- Los derechos de la obra ganadora quedará en propiedad
de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo
permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad
Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición,
procediéndose a su publicación durante el ejercicio 2013, y
haciéndose constar en la publicación que se trata del XIII Premio
de Novela Corta "Diputación de Córdoba" correspondiente al año
2012. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una
Editorial especializada.

Duodécima.- Los trabajos no premiados se podrán retirar de la
Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a
partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del
recibo extendido por el Registro General o del justificante del Certificado
de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad
de reclamación.

Decimotercera.- Instruirá el procedimiento para la concesión del
Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de
Cultura.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa,
se efectuará mediante Decreto del Diputado Delegado de
Cultura, por delegación de la Presidencia de la Corporación.

Decimocuarta.- El plazo máximo para resolver y publicar la resolución
del procedimiento es de seis meses, computados a partir
de la finalización del plazo de presentación de trabajos.

Decimoquinta.- El hecho de presentarse a la convocatoria supone
la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado
por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones
administrativas que resulten de aplicación.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose
saber que contra la anterior resolución que, según lo dispuesto en
el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse
los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante este
Diputado Delegado, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente al de la publicación en el BOP, tal y como dispone el
art. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo
Común.


b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en
el art. 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a la publicación en el BOP del
presente anuncio, tal y como establece el art. 46.1 de la Ley
29/1998, antes citada.

Córdoba, 6 de junio de 2012.- El Diputado Delegado, Fdo. Antonio
Pineda Bonilla.

Nº 110 p.2 Martes, 12 de Junio de 2012


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